
La Ley de las XII Tablas (Roma, siglo V a.C.) supuso un importante hito en la historia universal del derecho. Los romanos enviaron a Atenas una comisión de estudiosos que, siguiendo el ejemplo de los griegos (los guays del momento), prepararan el borrador de un cuerpo de leyes bien hechas, "pa no ser tan burros y encivilizarse una miaja".
El texto es cojonudamente interesante, recomiendo su lectura. Hoy quería comentar la revolucionaria y novedosa distinción que estas leyes hacían entre el homicidio voluntario y el involuntario (o imprudente). En el caso del homicidio voluntario -el que se hace con mala idea- la sanción jurídica no era particularmente sofisticada: La ejecución del homicida, sin más contemplaciones. En definitiva, el ojo por ojo...
Lo interesante venía con el homicidio imprudente. En este caso, como no había voluntad maliciosa por parte del homicida, se entendía inapropiado solucionarlo con su ejecución. Pero por otra parte, también era algo desconsiderado que las cosas se quedaran así, sin más... Los dioses se cabrean con las muertes fortuitas. Esas cosas causaban cierta turbatio del todo inconveniente, y para sofocarla, la ley reconocía a los parientes del difunto la potestad de exigirle al homicida costear el sacrificio de un carnero. Un tribuno se encargaba de juzgar si el homicidio era voluntario o involuntario, y finalmente se procedía de conformidad a lo dispuesto.
Ese día, algún mamífero acababa sin cabeza.
Bárbara, quien me gana sobradamente en las categorias de jurista, cónyuge, entidad pensante y persona humana, me ha revelado hoy un dato sorprendente. Actualmente el suicidio en España está castigado.
Es pertinente hacer matizaciones, pero la provocadora afirmación no es para nada incierta. El derecho sancionador aplicable no es el penal sino el administrativo (todavía), el ilícito no debe ser consumado sino quedar en tentativa, la tipicidad subjetiva no debe ser dolosa sino culposa, la tipicidad objetiva no ha de ser acción sino omisión, y el arma del crimen solo puede ser el cinturón de seguridad.
Si nadie se atreve a poner en entredicho mi libertad de arriesgar mi propia vida a la hora de practicar el alpinismo extreme o de bucear entre tiburones (nadie me ha multado por lo segundo, y nadie me verá hacer lo primero), ¿porqué sí se castra mi más íntima esfera de derechos fundamentales si decido conducir sin cinturón? ¿Por prevención de costes a la Seguridad Social, como en alguna tertulia alguna vez se ha dicho?
¿No será por forzar un hábito que mejore las estadísticas de mortandad al volante? Esa creo sin muchas dudas que es la principal motivación de la DGT. Y legislar es siempre más barato que invertir en infraestructuras. No se si es demagógico pensar así, pero a mí no me consta que se esté multando a nadie porque sigan existiendo pasos a nivel sobre vías de tren, puntos negros en la red secundaria, o esos temibles quitamiedos que son los guardarrailes.
Releo esto, y me suena muy antipático, y muy poco comprensivo con las paternales autoridades que velan por nuestra seguridad vial.
Pero algunas multas que me han puesto también lo son: conducción peligrosa por conducir comiendo galletas (Oreo, para más señas), o hablar por el móvil en un jodido atasco en el que llevaba ya parado 15 minutos para avisar que llegaba tarde.
Da la impresión de que cada día, y a toda costa, algún mamífero debe ser multado.